Micelio

Artículo 2

Comisión Intersectorial

Decreto 2766 de 2013 · por el cual se reglamenta la Ley 1502 de 2011.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Comisión Intersectorial . Créase la Comisión Intersectorial de Seguimiento a la Cultura de la Seguridad Social, que será la máxima instancia de dirección, coordinación y seguimiento interinstitucional para la articulación de políticas y programas que promuevan la Cultura de la Seguridad Social, la cual, estará conformada por

1.

El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, quien la presidirá.

2.

El Ministro del Trabajo o su delegado.

3.

El Ministro de Educación Nacional o su delegado.

4.

El Ministro de Cultura o su delegado.

Parágrafo 1

Podrán asistir como invitados representantes de entidades públicas y privadas y demás personas, cuyo aporte estime la Comisión puede ser de utilidad para el cumplimiento de sus funciones.

Parágrafo 2

El Ministerio de Salud y Protección Social reglamentará la operatividad y funcionamiento de la Comisión de Seguimiento a la Cultura de la Seguridad Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2766 de 2013