Micelio

Artículo 2.2.17.13

Responsabilidad

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidad. Las aseguradoras de vida se harán responsables ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y la Superintendencia Financiera de Colombia por la información inscrita de las rentas vitalicias que puedan acceder al mecanismo de deslizamiento incluida la idoneidad y actualidad de la información registrada en la Oficina de Bonos Pensionales (OBP) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, so pena de la devolución de recursos con intereses a la tasa máxima legal permitida. TÍTULO 18 DISPOSICIONES COMUNES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL CAPÍTULO 1 AFILIACIÓN Y AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1833 de 2016