Micelio

Artículo 16

Decreto 2890 de 1991 · por el cual se reglamenta la Ley 37 de 1990, sobre el ejercicio de la profesión de Economista.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las cátedras básicas de Economía en todos los programas académicos autorizados por el Gobierno Nacional serán dictadas por Economistas matriculados.

Parágrafo

Para efectos de las cátedras básicas de economía se entienden por tales: Teorías económicas, teoría monetaria, teoría de las finanzas públicas, doctrinas económicas, desarrollo económico, política económica, economía internacional, sistemas económicos y planificación económica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2890 de 1991