Micelio

Artículo 13

Decreto 461 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 3 de mayo de 1993 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, empresa industrial y comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que adopta los Estatutos de esa entidad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

REUNIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. El Consejo Directivo del Instituto funcionará de acuerdo con el reglamento que para el efecto expida. Celebrará reuniones ordinarias por lo menos una vez al mes, en el día que él mismo fije, y extraordinarias cada vez que sea convocado por la Presidencia o del Consejo o el Instituto o por solicitud de cinco (5) miembros del Consejo que actúen como principales. El Consejo Directivo podrá conformar comisiones permanentes o comités si la naturaleza de una propuesta lo amerita y funcionarán por el tiempo que se les señale. Los conceptos que emitan los comités no tienen carácter obligatorio para el Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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