Las entidades privadas o de economía mixta que celebren contratos con el Ministerio de Agricultura o reciban auxilios o aportes de éste, estarán sujetas en cuanto a la cuantía de los mismos al control fiscal de la Contraloría General de la República y a los controles adicionales que el Ministerio de Agricultura considere conveniente exigir.
Decreto 2420 de 1968 →Vigente
Artículo 70
Las Entidades Privadas O De Economía Mixta Que Celebren Contratos Con El Ministerio De Agricultura O Reciban Auxilios O Aportes De Éste, Estarán Sujetas En Cuanto A La Cuantía De Los Mismos Al Control Fiscal De La Contraloría General De La República Y A Los Controles Adicionales Que El Ministerio De Agricultura Considere Conveniente Exigir
Decreto 2420 de 1968 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.