El Banco de la República seguirá funcionando de acuerdo con las normas vigentes no modificadas por la Ley 7º de 1973 y por el presente Decreto y, en consecuencia, no le serán aplicables las disposiciones de los Decretos 1050 y 3130 de 1968, sin perjuicio de las atribuciones adscritas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Superintendencia Bancaria en el Decreto 2870 de 1968.
Decreto 2617 de 1973 →Vigente
Artículo 18
Decreto 2617 de 1973 · Por el cual se adoptan normas sobre organizaci?n y funcionamiento del banco de la rep?blica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.