Micelio

Artículo 23

Ley 2184 de 2022 · Por medio de la cual se dictan normas encaminadas a fomentar, promover la sostenibilidad, la valoración y la transmisión de los saberes de los oficios artísticos, de las industrias creativas y culturales, artesanales y del patrimonio cultural en Colombia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Red de Pueblos Artesanales y de Oficios. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Artesanías de Colombia y el Ministerio de Cultura conformarán la Red de Pueblos Artesanales y de Oficios para el fortalecimiento del ecosistema de valor de los oficios artesanales, de las artes, las industrias creativas y el patrimonio mediante integraciones de estas actividades en el sector del turismo cultural.

Parágrafo 1

El Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Ministerio de Cultura reglamentarán lo relativo a este artículo en un plazo no mayor a doce (12) meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

Parágrafo 2

El Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Cultura y las entidades territoriales promoverán el desarrollo de acciones de fortalecimiento de las capacidades para la sostenibilidad de la actividad artesanal y de los oficios culturales en los Pueblos Artesanales y de oficios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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