° Créase en la Sala de Consulta del Consejo de Estado un cuerpo de doce (12) asesores integrado con personalidades que se hayan destacado en altas posiciones del servicio público y de los diferentes campos de la actividad nacional. Los Asesores prestarán su concurso a la Sala, cuando ésta lo solicite, en el estudio de los problemas administrativos que le someta el Gobierno y en la preparación de Códigos o proyectos de ley; Los Asesores se elegirán libremente por la propia Sala para períodos de un año, y serán remunerados en la misma forma que los Conjueces del Consejo de Estado.
Decreto 459 de 1971 →Vigente
Artículo 3
Créase En La Sala De Consulta Del Consejo De Estado Un Cuerpo De Doce (12) Asesores Integrado Con Personalidades Que Se Hayan Destacado En Altas Posiciones Del Servicio Público Y De Los Diferentes Campos De La Actividad Nacional
Decreto 459 de 1971 · Por el cual se crean unos cargos en el Consejo de Estado y en la Relatoría del Tribunal Administrativo del Departamento del Valle
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.