Micelio

Artículo 1

º Sin Perjuicio De Las Acciones Legales A Que Haya Lugar Contra Los Responsables Del Manejo De La Institución Hoy Denominada Centro De Desarrollo, Entidad De Educación No Formal, Con Sede En Cartagena, Determinase La Práctica De Exámenes De Estado A Aproximadamente 287 Estudiantes Que Acreditan Haber Estado Matriculados En El Segundo Semestre De 1985 En El Citado Plantel Y Reúnan Los Requisitos Mínimos Para El Ingreso A La Educación Superior, De Acuerdo Con El Informe Rendido Por El Icfes

Decreto 1285 de 1986 · Por el cual se determina la práctica de unos exámenes de estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar contra los responsables del manejo de la institución hoy denominada Centro de Desarrollo, entidad de educación no formal, con sede en Cartagena, determinase la práctica de exámenes de Estado a aproximadamente 287 estudiantes que acreditan haber estado matriculados en el segundo semestre de 1985 en el citado plantel y reúnan los requisitos mínimos para el ingreso a la educación superior, de acuerdo con el Informe rendido por el ICFES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1285 de 1986