Micelio

Artículo 1

Ley 94 de 1961 · Por la cual se ordenan unos estudios para el aprovechamiento de aguas con destino al regadío y acueducto en el Municipio de Sogamoso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico o la Caja Agraria, según lo determine el Gobierno, procederá a estudiar todo lo relacionado con las aguas de las quebradas denominadas "Ciras", "Peñas Blancas", "Veguiteña" y "Melgarejo", cuyos cauces se encuentran localizados en veredas de la jurisdicción del Municipio de Sogamoso, Departamento de Boyaeá, con el objeto de prospectar una obra para su aprovechamiento con destino a acueducto y regadío de varias veredas ("Pedregal", "Vanegas", "Las Cañas", "Las Cintas", "Primera y Segunda Chorrera" y "Sia-tame").

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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