Micelio

Artículo 62

De La Ley 1 De 1959, El Artículo 124 De La Ley 81 De 1960 Y El Decreto Número 2918 De 1960, Dejará De Regir A Partir Del 1° De Enero De 1962

Decreto 3235 de 1961 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la Ley 146 de 1961, y se aclara y adiciona el Decreto número 2682 de 1961

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El impuesto a las exportaciones a que se refieren el artículo 62 de la Ley 1 de 1959, el artículo 124 de la Ley 81 de 1960 y el Decreto número 2918 de 1960, dejará de regir a partir del 1° de enero de 1962.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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