Micelio

Artículo 128

Son Reservistas De Primera Clase Los Comprendidos En El Artículo 28 De La Ley

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son reservistas de primera clase los comprendidos en el artículo 28 de la Ley.

Parágrafo

El personal que ingrese a las reparticiones de las Fuerzas Militares que tengan señalado más de un año de servicio, tendrá derecho a percibir libreta como reservista de primera clase después de servir la mitad del tiempo exigido en cada una de estas reparticiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2200 de 1946