º . Apruébase el Acuerdo 22 de 1996 por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, cuyo texto es el siguiente: <<ACUERDO NUMERO 22 DE 1996 (diciembre 24) por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. La Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en ejercicio de sus atribuciones, particularmente las que le confiere el artículo 7º del Decreto 2141 de 1992, ACUERDA: Artículo 1º. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: Número de cargos Denominación del cargo Código y grado DESPACHO DEL GERENTE 1 Gerente de Establecimiento Público 0015-21 2 Asesor 1020-08 2 Secretario Ejecutivo 5040-24 1 Conductor Mecánico 5310-19 PLANTA GLOBAL 1 Secretario General de Establecimiento Público 0037-18 3 Subgerente de Establecimiento Público 0040-18 10 Jefe de División 2040-24 4 Jefe de Oficina 2045-24 14 Profesional Especializado 3010-25 33 Profesional Especializado 3010-24 28 Profesional Especializado 3010-22 59 Profesional Especializado 3010-21 44 Profesional Especializado 3010-20 35 Profesional Especializado 3010-19 30 Profesional Especializado 3010-18 67 Profesional Especializado 3010-17 113 Profesional Especializado 3010-16 72 Profesional Especializado 3010-15 31 Profesional Especializado 3010-14 22 Profesional Universitario 3020-13 14 Profesional Universitario 3020-12 3 Profesional Universitario 3020-11 36 Profesional Universitario 3020-10 36 Profesional Universitario 3020-09 31 Técnico Administrativo 4065-16 16 Técnico Administrativo 4065-15 12 Técnico Administrativo 4065-13 20 Técnico Administrativo 4065-10 1 Técnico Operativo 4080-12 4 Técnico Operativo 4080-11 7 Técnico Operativo 4080-10 83 Técnico Operativo 4080-09 162 Técnico Operativo 4080-07 5 Secretario Ejecutivo 5040-24 10 Secretario Ejecutivo 5040-23 22 Secretario Ejecutivo 5040-22 38 Secretario Ejecutivo 5040-20 23 Secretario Ejecutivo 5040-16 24 Secretario Ejecutivo 5040-14 39 Secretario Ejecutivo 5040-11 62 Secretario 5140-09 17 Auxiliar Administrativo 5120-20 30 Auxiliar Administrativo 5120-16 11 Auxiliar Administrativo 5120-11 16 Auxiliar Administrativo 5120-10 23 Auxiliar Administrativo 5120-08 14 Operario Calificado 5300-12 285 Operario Calificado 5300-11 29 Operario Calificado 5300-10 13 Conductor Mecánico 5310-19 10 Conductor Mecánico 5310-13 5 Conductor Mecánico 5310-09 229 Auxiliar Servicios Generales 5335-08 1.922 Artículo 2º. El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, distribuirá mediante Resolución los cargos que se determinan en el artículo primero del presente Acuerdo, conforme a la estructura interna, a las necesidades del servicio y a los planes y programas de la entidad. Artículo 3º. La incorporación de los empleados a la nueva planta de personal de que trata el artículo primero del presente Acuerdo, deberá realizarse conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y en un termino de 45 días contados a partir de la publicación del decreto que apruebe el presente Acuerdo. Artículo 4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, deroga el Acuerdo número 36 del 6 de diciembre de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de diciembre de 1996. (Fdo.) El Presidente de la Junta Directiva, Jairo Hernando Arias Puerta.
Decreto 29 de 1997 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 29 de 1997 · Por el cual se aprueba al Acuerdo 22 de 1996 que establece la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.