Micelio

Artículo 2

Del Presupuesto Vigente

Decreto 3220 de 1949 · Por el cual se hacen unas supresiones y unas creaciones, en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Hácense las siguientes creaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento de Nariño San Pablo Una plaza de Cartero de la Oficina Mixta, con asignación mensual de $ 36.00 Sotomayor Una plaza de Cartero de la Oficina Mixta, en plaza creada y pagada por el honorable Concejo Municipal de la mencionada localidad. Departamento del Valle La Unión Una plaza de Auxiliar Segundo de la Oficina Mixta, con asignación mensual de 100.00 Suma $ 136.00

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se imputará al Capítulo 98, artículo 2003 del Presupuesto vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3220 de 1949