Desde el día l° de los corrientes, queda suprimida la partida de sesenta pesos ($ 60) mensuales señalada al Consulado en Iquitos por Decreto 222 de 1931. Desde el día 1° del presente mes en adelante señálase al Consulado ad honórem de la República en San Antonio del Táchira, la suma de sesenta pesos ($ 60) mensuales por concepto de emolumentos u honorarios. Queda así reformado el Decreto número 222 de 3 de febrero del año en curso. Comuníquese y publíquese.
Decreto 595 de 1931 →Vigente
Artículo 1
Decreto 595 de 1931 · Por el cual se reforma el Decreto número 222 de 3 de febrero de este año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.