º En lo sucesivo, en la reclusión de mujeres anexa a la Penitenciaría Central solamente se mantendrán las penadas por delitos de competencia del Poder Judicial; y las sumariadas y enjuiciadas por delitos de la misma competencia se mantendrán en detención o prisión preventiva en la reclusión del Buen Pastor.
Decreto 1381 de 1926 →Vigente
Artículo 1
En Lo Sucesivo, En La Reclusión De Mujeres Anexa A La Penitenciaría Central Solamente Se Mantendrán Las Penadas Por Delitos De Competencia Del Poder Judicial; Y Las Sumariadas Y Enjuiciadas Por Delitos De La Misma Competencia Se Mantendrán En Detención O Prisión Preventiva En La Reclusión Del Buen Pastor
Decreto 1381 de 1926 · Por el cual se reglamenta el servicio de algunos establecimientos carcelarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.