Artículo único. Los fondos destinados en el artículo 294; capítulo. 53 de la Ley de Apropiaciones vigente, para sostenimiento de becas en los establecimientos que determine el Gobierno, o en los institutos de enseñanza secundaria que establezca el mismo Gobierno, proporcionalmente entre los Departamentos, Intendencias y Comisarias, se distribuyen así: Mensual. En el año. 3 becas en el Colegio de San Bartolomé, de Bogotá, a $ 18 mensuales cada una, en diez meses $ 54.00 540 29 becas en el Colegio Salesiano de León XIII, de Bogotá, a $ 25 mensuales cada una, en un mes 725.00 725 46 becas en el Colegio. Salesiano de León XIII, de Bogotá, a $ 25 mensuales cada una, e n u n mes 1,150.00 1,150.00. 60 becas en el Colegio Salesiano de León XIII, de Bogotá, a $ 25 mensuales cada una, en diez meses 1,500.00 15,000.00 23 becas en el Colegio Salesiano de León XIII, de Bogotá (Sección de estudios), a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 414.00 4,140.00 43 becas en el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, de Bogotá, a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 774.00 7,740.00 12 becas en el Instituto de La Salle, de Bogotá, a $ 18 mensuales cada una en diez, meses 216.00 2,160.00 13 becas en la Escuela de Minas, de Medellín, a $18 Mensuales cada una, en dos meses 234.00 468.00. 15 becas en la Escuela de Minas,, de Medellín, a . $ 18 mensuales cada una, en diez meses 270.00 2,700.00 3 becas en la Facultad de Medicina, de Bogotá, a $ 25 mensuales cada una, en doce meses 75.00 900 3 becas en la Facultad de Derecho de Bogotá, a $ 25 mensuales cada una, en doce meses 75.00 900.00 2 becas en la Facultad de Matemáticas e Ingeniería, a $ -25 mensuales cada una, en doce meses , 50.00 600.00 6 becas en la Facultad de Matemáticas e Ingeniería, de Bogotá, a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 108.00 1,080.00 68 becas en el Instituto de Sordomudos de Cundinamarca, Bogotá, a $ 19 mensuales cada una, doce meses 1,292.00 15,504.00 15 becas, en el Colegio de María Auxiliadora, de Bogotá, a $ 18 mensuales cada una en diez meses 270.00 2,700,00 15 becas en el Colegio del Rosario para Señoritas, de Bogotá, a $18 mensuales cada una en diez meses 270.00 2,700.00 14 becas en el Colegio Departamental de La Merced, de Bogotá a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 252.00 2,520.00 6 becas en la Escuela Departamental de Artes y Labores, de Bogotá, a $ 18 mensuales cada una en diez meses 108.00 1,080.00 10 becas en la Casa de Artes antiguo Orfelinato de Jesús, José y María), Bosa, a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 180.00 1,800.00 3 Becas en el Colegio de Santa Librada, de Neiva, a $ 20 mensuales cada una, en diez meses 60:00:00 600.00 7 becas en la Universidad de Cartagena, para jóvenes nativos de San-Andrés y Providencia, a $ 20 mensuales cada una, en doce meses 140.00 1,680.00 5 becas en el Colegio de La Sagrada Familia, de San Andrés y Providencia, a $ 20 mensuales cada una, en doce meses 100.00 1,200.00 2 becas en el Liceo Antioqueño, de Medellín, a $ 18 mensuales cada una en doce meses 36.00 360.00 9 becas para radicar en los establecimientos de educación que determine el Ministerio a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 162.00 1,620:00 2 becas para- radicar en los establecimientos de educación que determine el Ministerio, a $ 18 mensuales cada una, en nueve meses 36.00 324.00 5 becas en. la Escuela de Artes Manuales, anexa a la Faculta de Ingeniería , de Bogotá, a $ 18 Mensuales cada una, en diez meses 90.00 900.00 Para atender al pago de 21 pensiones alimenticias para jóvenes universitarios becados a $ 18 mensuales cada una, en diez meses 378.00 3,780.00 Para atender al pago de 4 pensiones alimenticias para jóvenes becados, a $ 18 mensuales cada una, en nueve meses 72.00 648.00 Total $ 75,519.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 629 de 1937 →Vigente
Artículo 294
; Capítulo
Decreto 629 de 1937 · Por el cual se distribuye una partida
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.