º. Las sociedades anónimas domiciliadas en el exterior y que quieran establecer negocios de carácter permanente en el territorio de la República, cumplirán los requisitos establecidos en los Decretos números 2 y 37 de 1906 y los prescritos en la Ley 58 de 1931.
Decreto 65 de 1941 →Vigente
Artículo 1
Las Sociedades Anónimas Domiciliadas En El Exterior Y Que Quieran Establecer Negocios De Carácter Permanente En El Territorio De La República, Cumplirán Los Requisitos Establecidos En Los Decretos Números 2 Y 37 De 1906 Y Los Prescritos En La Ley 58 De 1931
Decreto 65 de 1941 · Por el cual se reglamenta el artículo 22 de la Ley 58 de 20 de enero de 1931 y se fija el procedimiento que ha de seguirse para dar cumplimiento a los Decretos números 2 y 37 de 1906
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.