Micelio

Artículo 1

Promúlgase El "acuerdo Complementario Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República De Costa Rica Sobre Cooperación Marítima En Las Aguas Jurisdiccionales Correspondientes A Cada Estado Para La Lucha Contra El Tráfico Ilícito De Drogas, La Explotación Ilegal De Las Zonas Económicas Exclusivas Y La Búsqueda Y Rescate De Buques Extraviados" , Suscrito En Bogotá El 23 De Febrero De 2004

Decreto 822 de 2010 · por medio del cual se promulga el Acuerdo Complementario entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Costa Rica sobre Cooperación Marítima en las aguas jurisdiccionales correspondientes a cada Estado para la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, la Explotación Ilegal de las Zonas Económicas Exclusivas y la Búsqueda y Rescate de Buques Extraviados" , suscrito en Bogotá el 23 de febrero de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Promúlgase el "Acuerdo Complementario entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Costa Rica sobre Cooperación Marítima en las aguas jurisdiccionales correspondientes a cada Estado para la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, la Explotación Ilegal de las Zonas Económicas Exclusivas y la Búsqueda y Rescate de Buques Extraviados" , suscrito en Bogotá el 23 de febrero de 2004. Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Acuerdo Complementario entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Costa Rica sobre Cooperación Marítima en las aguas jurisdiccionales correspondientes a cada Estado para la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, la Explotación Ilegal de las Zonas Económicas Exclusivas y la Búsqueda y Rescate de Buques Extraviados" , suscrito en Bogotá el 23 de febrero de 2004.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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