Los funcionarios de la Carrera Diplomática y Consular podrán ocupar, en comisión, los cargos del personal especializado adscrito a las misiones diplomáticas de la República. El tiempo servido en estos cargos se computará para el ascenso correspondiente como servido en el último cargo de la Carrera antes de su designación como funcionario especializado.
Decreto 2016 de 1968 →Vigente
Artículo 86
Los Funcionarios De La Carrera Diplomática Y Consular Podrán Ocupar, En Comisión, Los Cargos Del Personal Especializado Adscrito A Las Misiones Diplomáticas De La República
Decreto 2016 de 1968 · Orgánico del Servicio Diplomático y Consular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.