Micelio

Artículo 42

Adición De Un Parágrafo Al Artículo 357 Del Estatuto Tributario

Decreto 2106 de 2019 · por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adición de un

Parágrafo

al artículo 357 del Estatuto Tributario . Adiciónase un

Parágrafo

al artículo 357 del Estatuto Tributario, así: “

Parágrafo

El valor de la donación que se efectúe en el respectivo periodo gravable podrá tratarse como egreso procedente, cuando las entidades del régimen tributario especial de que trata el artículo 19 del Estatuto Tributario, cuyo objeto social y actividad meritoria corresponda a la establecida en el numeral 12 del artículo 359 de este estatuto, efectúen donaciones a entidades del régimen tributario especial del artículo 19 del Estatuto Tributario, siempre y cuando estas entidades con la donación ejecuten acciones directas en el territorio nacional de cualquier actividad meritoria, de que tratan los numerales 1 al 11 del artículo 359 del mismo estatuto. El tratamiento previsto en este

Parágrafo

no dará lugar a la aplicación del descuento tributario de que trata el artículo 257 del Estatuto Tributario, ni a sobre deducciones. El incumplimiento de lo previsto en el inciso primero de este

Parágrafo

dará lugar a considerar este egreso como improcedente o como una renta líquida por recuperación de deducciones, según corresponda.”

Parágrafo

Artículo 357 DECRETO 624 de 1989

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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