° De los elementos traspasados por el Ministerio de Obras Públicas al Ministerio de Guerra para los transportes militares, se devolverán aquellos que, previo acuerdo entre los dos Ministerios, haya de necesitar el de Obras Públicas para el servicio de las vías de la defensa nacional.
Decreto 1931 de 1934 →Vigente
Artículo 1
De Los Elementos Traspasados Por El Ministerio De Obras Públicas Al Ministerio De Guerra Para Los Transportes Militares, Se Devolverán Aquellos Que, Previo Acuerdo Entre Los Dos Ministerios, Haya De Necesitar El De Obras Públicas Para El Servicio De Las Vías De La Defensa Nacional
Decreto 1931 de 1934 · Por el cual se reglamenta el traspaso de elementos pertenecientes a los transportes y a las vías de la defensa nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.