ARTICULO 5o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 3151 de 1990, con excepción de aquellos empleos que se suprimirán en 1994 y 1995 por el Instituto Nacional de Vías, según Programa de Supresión de Cargos establecido por el Decreto 2093 de 1993.
Decreto 2665 de 1993 →Vigente
Artículo 5
O
Decreto 2665 de 1993 · Por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.