Requisitos mínimos para los procedimientos individuales. Los hogares que se postulen al Subsidio a través del procedimiento individual, deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos
Declararán que son hogares que legalmente pueden recibir el Subsidio Familiar de Vivienda, según lo previsto en los artículos 1, 2 y 3 del presente Decreto.
Si el hogar se postula para aplicar el Subsidio a una solución de vivienda diferente de Mejoramiento de Vivienda y de Habilitación Legal de Títulos, sus miembros declararán no ser poseedores de solución de vivienda.
Si el hogar se postula para aplicar el Subsidio a una solución de vivienda consistente en Mejoramiento de Vivienda o Habilitación Legal de Títulos, declarará que la solución se ajusta a la reglamentación legal vigente, en especial a los artículos 18 y 19 del presente Decreto.