Procesos disciplinarios. Los procesos disciplinarios en curso y los que se inicien por hechos o conductas cometidas por los servidores del DAS antes del retiro del servicio o de la incorporación a los empleos de las entidades receptoras continuarán o serán adelantados por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión. A la finalización de la supresión del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), las entidades que asuman las funciones deberán conocer de las faltas disciplinarias cometidas por los servidores públicos del DAS que hayan sido incorporados y de los demás procesos disciplinarios en curso. Los procesos disciplinarios en curso o que se deban adelantar a los servidores públicos a la finalización de la supresión y cuyas funciones no fueron asumidas por ninguna entidad u organismos serán adelantados por la entidad que determine la Procuraduría General de la Nación. CAPÍTULO VII Informe final y acta de supresión
Decreto 4057 de 2011 →Vigente
Artículo 19
Procesos Disciplinarios
Decreto 4057 de 2011 · por el cual se suprime el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), se reasignan unas funciones y se dictan otrasdisposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.