Art. 2.° Auxíliase al Hospital de San Juan de Dios, de la ciudad de Mompox, con la suma de mil quinientos pesos ($ 1.500) anuales por el término de cuatro años, como indemnización de los servicios que prestó en la última guerra.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.