Están obligados a presentar declaración de renta por el año gravable de 1983 y siguientes, los contribuyentes que hayan obtenido ingresos brutos superiores a doscientos mil pesos ($ 200.000.00) en el año, o que hayan poseído patrimonio bruto de valor superior a quinientos cuarenta mil pesos ($ 540.000.00), en el último día del año o período gravable.
Ley 9 de 1983 →Vigente
Artículo 6
Ley 9 de 1983 · Por la cual se expiden normas fiscales relacionadas con los impuestos de renta y complementarios, aduanas, ventas y timbre nacional, se fijan unas tarifas y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.