º Componentes de la clasificación. La clasificación del proponente indicará la actividad en que se inscribe de manera genérica, como constructores quienes aspiren a celebrar contratos de obra; consultores quienes aspiren a celebrar contratos de consultoría; y, proveedores quienes aspiren a celebrar contratos de suministro y compraventa de bienes muebles. Del mismo modo se señalará la o las especialidades y los grupos que corresponda dentro de cada actividad. La clasificación podrá presentarse en su identificación numérica, señalando la actividad correspondiente en donde constructores serán 1. consultores 2. y proveedores 3., adicionada al código de la especialidad y grupo respectivos.
Decreto 1584 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º Componentes De La Clasificación
Decreto 1584 de 1994 · por el cual se reglamenta la clasificación y la calificación en el registro de proponentes y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.