Articulo 2 º. El presente decreto rige a partir la fecha de su publicación, no surte efectos fiscales y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 474 de 1999 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 474 de 1999 · POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO REGLAMENTARIO NUMERO 400 DEL 5 DE MARZO DE 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.