El patrimonio de la Corporación estará integrado por:
Las sumas que se incluyan en el Presupuesto de Gastos de la Nación.
Los valores equivalentes a las regalías que la Nación cede a la Corporación, de acuerdo con el artículo anterior.
Con las demás rentas que el Congreso de la República, y la Asamblea de Córdoba le destinen.
Las donaciones, legados y aportes de las entidades y personas públicas o privadas.
Con el producto de las multas, tasas y gravámenes autorizados por esta Ley; y
Con los ingresos que obtenga por cualquier otro concepto.