Art. 24. La responsabilidad que, por medio del juicio de cuentas, se exige á los responsables del Erario, tiene por objeto poner á cubierto el Tesoro nacional de todo pago ó erogación ilegal, haciendo enterar en él, por reintegro, cualesquiera sumas extraídas indebidamente de la Caja, así como corregir las faltas cometidas en lo que concierne a la contabilidad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.