Art. 1° Abrense al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1882 á 1883 los siguientes créditos adicionales: SERVICIO DE 1882 A 1883. Departamento de Fomento. Capítulo 83. Secretaría de Fomento (Material). Art. 350. Escritorio y alumbrado de la Secretaría $ 250 Departamento de Obras públicas. Capítulo 85. Edificios de la Nación. Art. 361. Para continuar la construcción de la obra del Capitolio 8,000 Art. 362. Para conservación y reparación de edificios nacionales 9,000
Decreto 593 de 1883 →Vigente
Artículo 1
Decreto 593 de 1883 · Por el cual se abren varios créditos suplementales al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1882 a 1883
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.