Micelio

Artículo 469

Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos Y Gastos Menores No Contemplados En Los Artículos Precedentes, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 620

Decreto 568 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público.)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. Gastos de Administración, Auxilios y otros. CAPITULO 41. Gastos varios. A1a Del artículo 469. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores $ 620.000.00 Suman los contracréditos $ 620.000.00 CAPITULO 39. Pensiones y Auxilios. B3II Al artículo 437-A. Para pagar parte del auxilio con que el Gobierno Nacional contribuye para la terminación del Hospital de fían Ignacio, de Bogotá, con motivo de la celebración del IV Centenario de la muerte de San Ignacio de Loyola, según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 3064 de 1954 (Segundo contado) $ 500.000.00 B2II Al artículo 437-B. Para auxiliar al Hospital Infantil del Norte, de Bogotá, (Decreto legislativo número 2554 de 1950) $ 120.000.00 Suman los créditos $ 620.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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