En las ciudades donde exista ingeniero de obras públicas municipales, las solicitudes para construcciones de edificios, como cuarteles, templos, colegios o escuelas, teatros, hoteles, hospitales, fábricas, etc., que hayan de ser habitados permanentemente o transitoriamente por un crecido número de personas, deberán ir acompañadas de planos y cálculos de resistencia de las distintas partes de la obra, en los cuales se indiquen las cargas unitarias y los esfuerzos límites para cada material empleado. Para otra clase de construcciones de menor importancia, los Concejos de los Municipios fijarán las condiciones a que tales solicitudes deben sujetarse.
De cada solicitud, planos, cálculos para construcciones, dejará el interesado copia en la Municipalidad respectiva.