Micelio

Artículo 14

Ley 949 de 2005 · por la cual se dictan normas para el ejercicio de la profesión de terapia ocupacional en Colombia, y se establece el Código de Etica Profesional y el Régimen Disciplinario correspondiente.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las medidas y recomendaciones que adopten los terapeutas ocupacionales en desarrollo de sus actividades profesionales, identifican obligaciones de medio por tanto, los resultados estarán sujetos a la atención que preste el paciente al tratamiento y la natural evolución de la enfermedad, sin desmedro de los esfuerzos científicos y terapéuticos y dedicación a que se obliga el tratante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 949 de 2005