DE LA FORMULACION DE LOS CARGOS.Cuando en el desarrollo de la investigación se establezca que un empleado pudo incurrir en falta disciplinaria, el funcionario investigador formulará a éste los cargos que se deduzcan de las pruebas aportadas al expediente. La formulación de cargos se hará mediante oficio dirigido al investigado, el cual deberá contener, entre otros aspectos, los siguientes
Relación de los hechos objeto de la investigación;
Relación de las pruebas practicadas o allegadas que demuestran la existencia de tales hechos;
Cita de las disposiciones legales presuntamente infringidas con los hechos o actos investigados;
Término dentro del cual el investigado deberá presentar al investigador sus descargos, el que no podrá ser superior a ocho (8) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo del oficio que contiene los cargos;
Información al investigado sobre el derecho que tiene a conocer el informe y las pruebas allegadas a la investigación y a aportar y solicitar la práctica de pruebas.