Micelio

Artículo 5

Ley 18650510 de 1865 · de Presupuesto nacional de rentas i gastos para el servicio del año económico de 1865 a 1866.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5. ° En ningun caso serán acumulables en un solo individuo dos ni mas pensiones, ni dos o mas sueldos ni un sueldo i una pensión, cuando el monto total de estos créditos exceda de mil doscientos pesos ($1,200) anuales: llegado este caso se estará siempre al mayor derecho.

PARTE SESTA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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