Artículo tercero. El Banco de la República rendirá informes mensuales de las sumas que distribuya por concepto del impuesto sobre la producción de oro a las contralorías Municipales de los respectivos Municipios productores, si las hubiere, a los Ministerios de Hacienda y crédito Público y Minas y Petróleos, a la Contraloría General de la Republica. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1140 de 1961 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1140 de 1961 · Por el cual se reglamenta la Ley 22 de 1960
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.