El que para obtener los documentos a que se refiere el artículo anterior, se atribuya nombre, apellido o calidad falsos, o con su testimonio concurre a que se obtenga o entreguen dichos documentos en desacuerdo con la realidad, queda sometido al arresto de un mes a un año y a la multa de diez a quinientos pesos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.