La Oficina de Registro de Cambios podrá cancelar, a solicitud del interesado, registros de importación autorizados con posterioridad al 1.° de enero del presente año, ordenando la devolución del depósito verificado en el Fondo de Estabilización el 75% de los timbres pagados sobre el propio registro, siempre que la cancelación se verifique antes del 31 del presente mes.
Decreto 1372 de 1955 →Vigente
Artículo 10
La Oficina De Registro De Cambios Podrá Cancelar, A Solicitud Del Interesado, Registros De Importación Autorizados Con Posterioridad Al 1
Decreto 1372 de 1955 · Por el cual se autoriza la libre negociación de algunas divisas, se fomentan las exportaciones y se toman medidas sobre importaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.