Micelio

Artículo 67

El Notario Interino Que Reúna Los Requisitos Legales Exigidos Para La Categoría, Tiene Derecho A Permanecer En El Cargo Hasta El Vencimiento Del Período, Salvo Que Se Provea En Propiedad O Asuma Sus Funciones El Titular

Decreto 2148 de 1983 · Por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 0960 y 2163 de 1970 y la Ley 29 de 1973

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El notario interino que reúna los requisitos legales exigidos para la categoría, tiene derecho a permanecer en el cargo hasta el vencimiento del período, salvo que se provea en propiedad o asuma sus funciones el titular.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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