Micelio

Artículo 12

Ley 11 de 1990 · por la cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia de Sociedades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División de Entidades Especiales, a través de las Secciones de: Vivienda, Consorcios, Bolsas de Productos Agropecuarios y Comisionistas, Sociedades de Leasing y Factoring y de Intervenidas, las siguientes funciones especiales:

a)

Estudiar y proyectar las actuaciones y providencias que correspondan, según el caso, a las sociedades anónimas con objeto exclusivo de vivienda, a las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la realización de planes y programas de vivienda por el sistema de autoconstrucción, a las sociedades administradoras de consorcios comerciales, a las bolsas de productos agropecuarios y sus comisionistas, y a las dedicadas a las actividades de leasing y factoring;

b)

Atender las quejas relacionadas con las entidades mencionadas y que sean de su competencia;

c)

Atender las consultas en el área de su competencia;

d)

Solicitar la práctica de visitas cuando a ello hubiere lugar;

e)

Velar por el cumplimiento de las normas propias del régimen correspondiente;

f)

Proyectar las actas de posesión de directivos y representantes legales de las entidades a cargo de la División;

g)

Coordinar y controlar las gestiones de los agentes especiales y en general los asuntos relacionados con las Entidades Intervenidas;

h)

Las demás que le señale el Superintendente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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