Micelio

Artículo 3.2.8.11

Obligaciones De Los Voluntarios Del Subsistema Nacional De Primera Respuesta

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones de los voluntarios del Subsistema Nacional de Primera Respuesta. Los voluntarios acreditados y activos del Subsistema Nacional de Primera Respuesta deben cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, en especial con las siguientes

1.

Procurar el cuidado integral de su salud.

2.

Participar en las actividades de promoción y prevención organizadas por la entidad del Subsistema Nacional de Primera Respuesta a la que pertenecen, y en las del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo correspondiente.

3.

Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de seguridad y salud en el trabajo definidas por la entidad del Subsistema Nacional de Primera Respuesta a la que pertenecen.

4.

Utilizar los elementos de protección personal suministrados por la entidad del Subsistema Nacional de Primera Respuesta a la que pertenecen.

5.

Informar, cuando el voluntario sea trabajador dependiente, al empleador acerca de su condición y en el evento de ser convocado solicitar el respectivo permiso.

6.

Acatar, adoptar y poner en práctica las directrices, orientaciones y recomendaciones en materia de prevención del riesgo dadas por la entidad del Subsistema Nacional de Primera Respuesta a la cual pertenece y por la Administradora de Riesgos Laborales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 780 de 2016