Micelio

Artículo 2

Decreto 33 de 1958 · Por el cual se suspende la vigencia del artículo 3° del Decreto número 0010 del 5 de febrero de 1958, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los Inspectores de Enseñanza Primaria, devengarán a partir del primero (1°) de enero de 1958, una asignación mensual de $ 800.00, y deberán pertenecer a la primera categoría del Escalafón.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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