Articulación y adecuación de los programas, proyectos e instrumentos de prevención del orden nacional y territorial. A partir de los resultados obtenidos en la evaluación de las capacidades institucionales de prevención del orden nacional y territorial, el Ministerio del Interior, con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, deberán promover que las entidades nacionales y territoriales ajusten los programas, proyectos, instrumentos, procesos, procedimientos y protocolos a fin de mejorar la oportunidad, idoneidad y eficacia en materia de prevención de violaciones a los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de personas, grupos y comunidades.
Las entidades del orden nacional tendrán un plazo de dos meses, una vez conocido el resultado de la evaluación de capacidades inicial y periódico, para remitir al Ministerio del Interior, al Departamento Nacional de Planeación y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los informes sobre el ajuste a los programas, proyectos, procesos y procedimientos realizados.
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