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Artículo 5

Funciones De La Alta Instancia De Género De Gobierno

Decreto 1418 de 2018 · Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Incorporación del Enfoque de Género en la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, la cual se denominará Alta Instancia de Género de Gobierno.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Alta Instancia de Género de Gobierno. La Alta Instancia tendrá las siguientes funciones

1.

Coordinar y hacer seguimiento estratégico, técnico y operativo a la inclusión del enfoque de género y derechos humanos de las mujeres en la implementación del Acuerdo Final de Paz.

2.

Formular lineamientos técnicos sobre los mecanismos a través de los cuales se garantizará la incorporación del enfoque de género en la implementación del Acuerdo Final y en la ejecución del Plan Marco de Implementación a nivel na­cional y territorial.

3.

Orientar técnicamente la priorización de la inversión y coordinar la gestión de esquemas de cofinanciación y ejecución que permitan la adecuada implementa­ción de las medidas concretas y transversales con enfoque de género señaladas en el Acuerdo Final y en el Plan Marco de Implementación.

4.

Mantener un diálogo permanente con la Instancia Especial de Mujeres prevista en el literal d. del punto 6.1 del Acuerdo Final.

5.

Articular y coordinar con las diferentes instancias creadas para la implementa­ción y verificación del Acuerdo Final la incorporación del enfoque de género en la implementación del Acuerdo Final.

6.

Articular y coordinar acciones con los acompañantes internacionales designados en el punto 6.4.2 del Acuerdo Final (ONU MUJERES, Representante del Secre­tario para Violencia Sexual en el Conflicto, Federación Democrática Internacio­nal de Mujeres y Suecia) que contribuyan con la implementación del enfoque de género en el Acuerdo Final.

7.

Elaborar dos informes de seguimiento con una periodicidad semestral respec­to del cumplimiento de su objeto, que serán presentados a la Alta Instancia de Gobierno y otras entidades que manifiesten interés en la temática y a la opinión pública en general.

8.

Las demás funciones de coordinación y orientación que le sean propias para el cumplimiento de su objeto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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