Art. 9º Con el pliego de propuesta, y separadamente, se presentará un certificado del Gerente del Banco Central, en que conste que el proponente ha consignado á la orden del Gerente Administrador de las rentas el cinco por ciento del aforo de la Renta en todo el período del arrendamiento, de la Provincia ó Provincias á que se refiera la propuesta.
Cuando los remates se hagan en los Departamentos, los depósitos de que habla este artículo se constituirán en la sucursal ó agencia que allí tenga establecida el Banco Central, y en defecto de aquélla, en la Administración general del Tesoro del Departamento, ó en un Banco ó casa bancaria de reconocidos crédito y honorabilidad, á juicio de la Junta ante la cual se hace el remate.