º En el caso de que el exportador sea al mismo tiempo productor de bananos, la calificación de la fruta corresponde también a la Inspección Nacional de Bananos.
Decreto 587 de 1938 →Vigente
Artículo 6
En El Caso De Que El Exportador Sea Al Mismo Tiempo Productor De Bananos, La Calificación De La Fruta Corresponde También A La Inspección Nacional De Bananos
Decreto 587 de 1938 · (Sobre inspección nacional de bananos) por el cual se reglamenta la exportación de bananos y se modifica el Decreto número 394 de 1937.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.