Micelio

Artículo 9

Decreto 304 de 1882 · Que reglamenta la Contabilidad de los Parques

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 9.° Los Guarda-parques rendirán sus cuentas mensuales á la Oficina general del Ramo, en las épocas quo determine el Código Fiscal para los demás responsables del Erario, enviando al efecto los siguientes documentos:| l.° Copia de las partidas descritas en el Registro Diario durante el mes á quo se refiere la cuenta; 2.° Los comprobantes originales de las partidas; 3. ° Un ejemplar del cuadro de movimiento de elementos á quo se refieren el artículo anterior; y 4.° Copia de la diligencia de visita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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