Micelio

Artículo 18

Decreto 3230 de 2002 · por el cual se aprueba la enajenación y el programa de venta de las acciones de Fiduciaria FES S.A., de propiedad del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras Fogafín.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comportamiento del oferente. A las operaciones de oferta y venta que se hagan en virtud de lo dispuesto por el presente decreto, se aplicarán las normas contenidas en los artículos 15 y 16 del Decreto 2915 de 1990 y en el inciso 2 del artículo 303 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. La persona natural o jurídica que sin tener la condición prevista en el numeral 1 del artículo 2º de este decreto presente aceptación de compra de las acciones en las condiciones señaladas para tales personas responderá ante el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras y ante terceros por todos los perjuicios que cause su conducta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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